sábado, 27 de agosto de 2016

LEY GENERAL DE EDUCACIÓN NO.66-97

El siguiente análisis trata sobre la ley General de Educación No. 66-97 la cual surge dentro de un proceso de modernización del sistema educativo nacional, que tuvo el respaldo de la UNESCO. Previamente se había aprobado un Plan Decenal de Educación para los años 1992-2002.

Esta ley garantiza el derecho de todos los habitantes del país a la educación. Regula, en el campo educativo, la labor del Estado y de sus organizaciones descentralizadas y la de los particulares que recibieren autorización o reconocimiento oficial a los estudios que imparten.

Esta garantía de la educación para todos los habitantes del país, necesariamente engloba o encierra el sector social que representan los jóvenes, ya que los mismos representan el 99% de la población estudiantil dominicana, por lo que el mismo representa la población con la cual trabaja esencialmente la Secretaria de Estado de Educación.

Como elemento previo a esta etapa se había producido un amplio movimiento de profesores y estudiantes de las escuelas públicas que produjeron importantes cambios en el sistema educativo nacional, los cuales quedaron incorporados en la Ley General de Educación.

La ley de educación se fundamenta en una serie de principios en lo que sen llegado a la conclusión que:

1. Se acoge la educación como derecho permanente e irrenunciable del ser humano.

2. La cultura es asumida como elemento básico de la educación dominicana, por lo que se identifica un conjunto de valores que serán promovidos a través del sistema.

3. Se reitera el respeto al mandato constitucional relativo a la libertad de educación y de conciencia.

4. Como paso de avance esta ley de educación acoge el nivel inicial, esto hasta los cinco años, como obligación del Estado.

5. Incorpora también la educación artística en todos los niveles de escolaridad y establece tres modalidades de bachillerato: general, técnico-profesional y artístico.

6. En los últimos años la educación pública ha logrado importantes avances en este sentido, con la incorporación de las guarderías infantiles, dirigidas a albergar niños de madres que trabajan.

7. La Secretaría de Estado de Educación es el órgano del Poder Ejecutivo responsable de orientar y administrar el sistema educativo nacional y ejecutar todas las disposiciones pertinentes de la Constitución de la República, la Ley de Educación, leyes conexas y los correspondientes reglamentos.

8. Como organismo máximo de decisión en materia de política educativa se crea el Consejo Nacional de Educación, el cual es encargado de establecer la orientación general de la educación dominicana en sus niveles de competencia, y de garantizar la unidad de acción entre las instituciones públicas y privadas que realizan funciones educativas.

9. La ley general de educación asigna responsabilidades a la Secretaría de Educación en el ámbito de la ciencia, tecnología y cultura que posteriormente serán asumidos por órganos especializados creados para dar atención a estas áreas, como son los casos de las Secretaría de Estado de Educación.



Una ordenanza es un tipo de norma jurídica, que se incluye dentro de los reglamentos, y que se caracteriza por estar subordinada a la ley.

El término proviene de la palabra orden, por lo que se refiere a un mandato que ha sido emitido por quien posee la potestad para exigir su cumplimiento.


A lo largo de la década, la Secretaría de la Educación promulgó una serie de decretos y ordenanzas. Entre los mencionados instrumentos legales, el Decreto 8 de 1991 por medio del cual se crea la Comisión Especial para la Elaboración de una nueva Ley Orgánica de Educación; el Decreto 209 de mayo de 1991 donde se establece la necesidad de elaborar un estudio sobre el funcionamiento del sistema educativo; la Ordenanza 3 de mayo 1999, para la modificación de los artículos 19, 23, 24 de la ordenanza 1 de 1995, donde se establece la asignatura “ Formación Integral Humanística y Religiosa” en 1°, 2°, 3° grado de la educación básica, así como la incorporación de la asignatura “ Educación Moral y Cívica” en todos los niveles de la educación básica y medio como asignatura parte de las Ciencias Sociales; la Ordenanza No. 2 del 2000 donde se establecen como principios y fines de la educación, el respeto por la vida, la dignidad humana, los derechos fundamentales y el conocimiento de los derechos y deberes del educando.

1´96

ORDENANZA Nº 1.96 QUE ESTABLECE EL SISTEMA DE EVALUACIÓN DEL CURRÍCULO DE LA EDUCACIÓN INICIAL, BÁSICA, MEDIO, ESPECIAL Y DE ADULTOS

CONSIDERANDO que la reforma iniciada eh el sistema educativo tiene un carácter integral y que, en tal sentido, todos los componentes de los procesos y los productos de la acción educativa deben interactuar para asegurar una educación de calidad a los estudiantes y a las estudiantes dominicanas y dominicanas.

CONSIDERANDO que durante el año escolar 1995-1996, se puso en vigencia un nuevo currículo, establecido mediante la Ordenanza 195, con el propósito de ofrecer educación la calidad en 1er Niveles de Inicial Básica y Media., como así para el sistema de Educación de Adultos y para la modalidad de Educación Especial.

CONSIDERANDO que en las Grandes Declaraciones del Congreso Nacional del Plan Decenal de Educación se aprobó que la evaluación es un componente imprescindible de la práctica educación, que contribuye a incentivar la responsabilidad de todas y de todos los actores de los procesos educativos; promoviendo, también, la creación, el desarrollo y la utilización de un amplio Sistema de Evaluación de todos los componentes de la educación:

Rendimiento académico de los/as estudiantes, procesos, currículo, gestión, prácticas docentes, para todos los niveles y modalidades del sistema educativo, en los sectores público y privado.

CONSIDERANDO que en el artículo 54 de la Ordenanza 1’95 se dispone que para la evaluación del desarrollo curricular se pondrá en vigencia, mediante una disposición adicional, el Sistema de Evaluación del Currículo, el cual deberá establecer criterios para la evaluación de todos los componentes del mismo”.

Oídas: Las opiniones de los Subsecretarios de Estado de Educación y de Cultura, el Consultor Jurídico, los Coordinadores de las Divisiones de Servicios Técnicos, Estructura Educativa, Descentralización y Planificación Educativa; los Directores Generales de:

Currículo, Educación Media, Educación Técnico Profesional, Educación de Adultos, Educación Física y de Pruebas Nacionales; los Directores Regionales y de Distritos, los Directores de los Departamentos de Educación Inicial, Educación Primaria, Educación Especial y Evaluación.

Oída: La opinión del Comité de Trabajo Diario de la transformación Curricular.
Oída: la opinión de la Asociación Dominicana de Profesores (A.D.P).
Vistos: los Fines de la Educación Dominicana, contemplados en el Proyecto de la nueva 1er de Educación.

Vistas: las Ordenanzas 1 95 que establece el Currículo para la Educación Inicial, Básica. Media, Especial y de Adultos, la Ordenanza 292 que establece un nuevo Reglamento de Evaluación y Promoción de los alumnos ¡as de la educación general básica; la Ordenanza 392 que institucionaliza y reglamenta el Sistema de Pruebas Nacionales, la Ordenanza 2’93 que reglamenta las Pruebas Nacionales de conclusión de la Educación Media, la Ordenanza 488 que establece el Servicio Social Estudiantil, el Reglamento de Educación Secundaria y Normalista.

El Consejo Nacional de Educación en uso de las atribuciones que le confiere la Ley Orgánica de Educación No.2909, del 5 de junio de 1951, modificada por las leyes No.5893 El 10 de mayo de 1962 y la 119 el 7 de abril de 1967 dicte lo siguiente:

ORDENANZA
QUE ESTABLECE EL SISTEMA DE EVALUACIÓN DEL CURRÍCULO DE LA EDUCACIÓN INICIAL, BÁSICA, MEDIA, ESPECIAL Y DE ADULTOS.

Art. 1.Se establece el Sistema de Educación de Currículo de la Educación Inicial, Básica, Media, Especial y de Adultos, pública y privada, a partir del año escolar 1996- 1997. Conceptualización en que se fundamenta el Sistema de Evaluación.


Art. 2.El Sistema de Evaluación responde a las concepciones que se especifican a continuación:

a) La educación es concebida en los Fundamentos Teóricos del Currículo como un medio que contribuye al desarrollo de las múltiples capacidades humanas, promueve una mejor relación con el entorno, el trabajo, el fortalecimiento de la democracia, el desarrollo y uso racional de la ciencia y la tecnología; la transmisión y reforzamiento de la identidad; la formación moral y ática del individuo. Como mediación cultural, la educación es un proceso por el cual la sociedad elabora y transmite conocimientos, recupera experiencias acumuladas para su creación y enriquecimiento, contribuyendo así al desarrollo sostenible de la sociedad. De igual manera, como proceso de socialización, la educación las manifestaciones culturales, locales, regionales, nacionales y universales, lo cual se concreta en el nuevo currículo cuando se refiere a necesidad de adecuación que el mismo requiere para responder a los diferentes contextos, a las necesidades, características y expectativas de los sujetos del proceso educativo y a las de la sociedad de la que forma parte.

b) El currículo es asumido como una estrategia educativa general para el desarrollo de las capacidades humanas y la transformación de los sujetos. Como fundamentación y orientación del proceso educativo, basado en los principios, concepciones y valores que definen la educación, y como una estrategia fundamental de la política educativa para el logro de sus propósitos.

La concepción adoptada sobre la educación y el currículo imprime las características básicas:

• Flexibilidad: porque deja abiertas las vías de adecuación a las particularidades e identidades a nivel local y regional, y permite la satisfacción de las necesidades, intereses y demandas de los/as estudiantes.

• Abierto: porque recoge permanentemente los avances de la ciencia, la tecnología el arte y está inserto en un proceso de construcción y reconstrucción permanente para ajustarse a la dinámica de los cambios económicos, sociales y culturales de la sociedad.

• Participativo: porque otorga a los actores del proceso educativo (maestros/as, estudiantes, directivos, miembros de la comunidad, padres, madres) la oportunidad de aportar, reflexionar y actuar. Asume a los actores como sujetos históricos, plenos de potencialidades y capacidades y recoge permanentemente las demandas de la sociedad y la cultura.

e) La Transformación Curricular se concibe como un movimiento socio educativo orientado a elevar la calidad de la educación, a través de la puesta en ejecución de un diseño curricular pertinente a una realidad y a un momento histórico determinado Esta concepción implica una nueva visión de los sujetos de la educación, del conocimiento y el aprendizaje.

Los sujetos: las personas involucradas en los procesos educativos se conciben como sujetos, es decir, con posibilidades de construirse día a día, de participar desde su individualidad, subjetividad y sus experiencias, con responsabilidad y autonomía en la realidad social de la que forman parte.

• El conocimiento se asume como las formas en que los seres humanos elaboran explicaciones en torno a la calidad personal, social, natural y simbólica, según las características de los contextos. Las oportunidades, las prácticas sociales y educativas y su nivel de desarrollo evolutivo. La construcción de los conocimientos es concebida corno el proceso activo de rupturas y superación de esquemas de pensamiento y acción implicados en OS procesos de enseñanza y aprendizaje.
• Aprendizaje Significativo: tipo de aprendizaje privilegiado por la Transformación Curricular que Mude a lo cultural, a la acción, a procesos mediados por interacciones sociales, posibilitando así que los sujetos doten de sentido el universo natural, social y simbólico en el que se desenvuelven.

d) El concepto de calidad de la educación está referido a fa eficacia y eficiencia de los desarrollos curriculares para hacer realidad los propósitos del currículo Determina hasta qué punto los desarrollos curriculares promueven la formación de seres humano que respondan las características especificadas en el perfil del egresado del sistema educativo dominicano, y en correspondencia con los principios y finalidades de la educación dominicana.

En el mareo de la Transformación Curricular, la concepción de calidad de la educación debe tomar en consideración la diversidad cultural, las características y necesidades de los sujetos y los contextos en los que se desarrollan las prácticas educativas, para poder responder a las características del currículo ya definidas.

e) Como indicadores de la calidad tic la educación se consideran:

• La atención a las condiciones socioculturales y socio económicas de los actores de los procesos educativos, en correspondencia con los planteamientos del currículo.

• La pertinencia de los procesos educativos que se promueven para hacer operativo el currículo en la escuela y los desarrollos curriculares que se llevan a cabo.

• La disponibilidad, uso y adecuación de los recursos y facilidades infraestructurales con que se cuente para promover la calidad de los procesos educativos.

• La eficacia y eficiencia del sistema administrativo y de la gestión global del sistema educativo.
• Los servicios de apoyo a la gestión educativa de los cuales se disponga. Entre ellos: orientación educativa y psicológica, investigación, animación sociocultural y otros apoyos provenientes de las comunidades.

• El rendimiento de los estudiantes, la calidad de su participación en los procesos de enseñanza y aprendizaje y los resultados obtenidos, tomando como referentes básicos los propósitos del nivel, modalidad, ciclo, grado y áreas de que se trate.

• El nivel de vinculación entre los centros educativos y las comunidades, y la participación de las familias para promover una educación de calidad en atención a las demandas del contexto sociocultural.

• Las innovaciones que se introducen en las prácticas educativas y la promoción de la investigación en la acción para superar dificultades y elevar la calidad.

En la perspectiva del concepto de educación y de calidad (le la educación que se asumen, la evaluación educativa se considera como un proceso de investigación de la realidad educativa.

La investigación educativa de esa realidad se concibe en una perspectiva holística que torna en cuenta la unidad e integridad que caracterizan los procesos educativos, a partir de la diversidad social y cultural de los actores del proceso. Sobre el concepto de evaluación educativa y sus características.

Art. 3. La evaluación es de carácter social, participativo, procesal y holística. Implica un proceso permanente de valoración e investigación de la realidad educativa, tomando en cuenta a todos los actores del mismo, en sus dimensiones particulares y generales, con el propósito de tomar decisiones que permitan el mejoramiento continuo de la calidad de la educación. Como parte de los procesos de enseñanza y aprendizaje, la evaluación debe servir para detectar oportunamente dificultades, problemas; informar, proponer medidas consensuadas y/o establecer correctivos que les permitan a sus actores desempeñarse de forma cada vez más satisfactoria.

Art. 4. De acuerdo con los fundamentos y propósitos del currículo, la evaluación ochenta a los actores y favorece el desarrollo del proceso educativo. En tal virtud:

• Contribuye a que el/la al estudiante conozca sus capacidades y limitaciones, ayudándolo a construir una imagen realista de si mismo, plantearse metas viables para desarrollas sus capacidades cognitivas, afectivas y sociales, vinculándose de manera satisfactoria a su entorno natural y social, para así poder mejorar sus condiciones de vida, apoyándose en sus potencialidades y enfrentando las situaciones problemáticas que la vida le plantee.

• Informa al educador y a la educadora acerca de la pertinencia y efectividad de las planificaciones y pondera críticamente las propuestas curriculares a fin de mejorar, su práctica, interactuando cada vez más adecuada y críticamente con sus estudiantes, sus entornos y los saberse, tanto los saberse previos como los que se construyen en el centro educativo. Esto le permitirá superar progresivamente formas tradicionales de evaluación, centradas Sólo en la ponderación de la cantidad de aprendizajes de hechos y datos realizados por los estudiantes, ya que se [rata de evaluar tanto los aprendizajes de conceptos, procedimientos, valores, actitudes y normas, así corno el desarrollo de las capacidades y habilidades a partir de la diversidad de estrategias puestas en juego.

Desde la perspectiva de los procesos, la evaluación debe ofrecer informaciones acerca de la forma en que se asume cada una de. Las fuentes de la Transformación Curricular y del modo en que se desarrollan todos los componentes del diseño curricular tan importante es evaluar los logros de los procesos de aprendizaje de los estudiantes, corno evaluar las estrategias desarrolladas y actividades realizadas durante el proceso enseñanza y aprendizaje.

Desde la perspectiva de, los factores que inciden en los procesos y sus resultados la evaluación debe permitir identificarlos y diseñar estas alternativas de acción, teniendo en cuenta que algunas de esas causas suelen ser internas a los centros educativos y a los propios procesos de enseñanza y aprendizaje, y otras externas, asociadas a las condiciones de vida de los actores del proceso educativo.

Art. 5. En tal virtud la evaluación debe ser de carácter continuo, teniendo lugar en todos los momentos del proceso educativo y adquiriendo diferentes formas:

Diagnóstica, formativa y sumativa. Estas formas de la evaluación se consideran sólo para hacer operativa esta tarea. La evaluación es un proceso único y la puesta en práctica de las tres formas señaladas no necesariamente se aplican en momentos claramente diferenciados. En ese sentido:

La evaluación es hacer intervenir a todos los actores de los procesos educativos, todos los momentos en los que cada uno evalúa desde su perspectiva, y otros donde se combinen las perspectivas de vados de ellos.

Se prevén momentos de heteroevaluación a cargo exclusivamente de los maestros, las maestras y directivos, en los cuales utilizan sus criterios con amplios márgenes de libertad para evaluar a los demás actores del proceso.{

• Los actores del proceso educativo han de fomentar la autoevaluación, como proceso a través del cual cada actor pondera sus logros propios y sus resultados, y la coevaluación, donde, juntos, en actitud dialogante y crítica, mediada por el respeto, los actores aportan elementos, informaciones y criterios para la evaluación del grupo y de los logros alcanzados.

• La evaluación se considera como una propuesta de investigación para los/as educadores/as, os/as estudiantes y las diferentes instancias de la gestión curricular, pues pasa a ser un desafió constante a su capacidad para la observación, el análisis, la formulación y verificación de hipótesis y para integrar resultados En este sentido, se promoverá la meta evaluación.

• La evaluación debe ser planificada, pero en el mareo de esa planificación ha de ser flexible, ya que el aprendizaje significativo, en tanto proceso personal, es distinto para cada estudiante debe tornar en cuenta las particularidades de cada sujeto y de cada grupo humano, valorar los aprendizajes programados, pero también los incidentales y tas dificultades que se observan en el proceso educativo, por los puntos de partida diferentes de los diversos actores.


PROPOSITOS DEL SISTEMA DE EVALUACIÓN.

Art. 6. El sistema de evaluación tiene como propósitos:

• Contribuir al análisis de las características sociales, económicas, políticas y culturales del medio en que se desarrolla el proceso educativo, con e] fin de incorporar tales informaciones a dicho proceso y aportar al éxito de todos los sujetos que participen en él.

• Contribuir a que las transformaciones educativas, tanto en e1 diseño curricular, como en los desarrollos curriculares, estén cada vez mejor fundamentadas y adecuadas a las necesidades y características de los sujetos y los contextos.

• Valorar los aprendizajes de los/as estudiantes, relativos a informaciones, hechos, conceptos, procedimientos, valores, actitudes y normas fundamentales para la formación integral de los mismos, haciendo énfasis en los procesos en los que participan hasta obtener dichos resultados.

• Valorar la pertinencia de los desarrollos curriculares en relación a los propósitos del nuevo
currículo, monitoreando los avances del proceso de Transformación Curricular, a fin de tomar decisiones que garanticen la introducción progresiva de las innovaciones que se proponen, y producir las adecuaciones necesarias.

• Contar con información válida y sistemática sobre el estado de la calidad de la educación en cada región y en el país, con la finalidad de tomar las medidas pertinentes para rnejorar la calidad del proceso educativo.

• Contribuir a la toma de conciencia acerca de la necesidad de participación de la familia, la comunidad y los/as propios/as estudiantes en todas las actividades del proceso de evaluación educativa.

• Utilizar los resultados de la evaluación educativa en la valoración de las políticas institucionales dirigidas a mejorar las condiciones de trabajo y la formación de los educadores y las educadoras.

• Determinar si el diseño curricular orienta adecuadamente las prácticas educativas que se intentan promover y si facilita atender a las características del currículo, que se define como flexible, abierto y participativo.

• Valorar la calidad del trabajo que realizan los diferentes actores le los procesos educativos, con la finalidad de aportar a b continua superación y el perfeccionamiento profesional de los educadores y las educadoras, sistematizando y socializando las innovaciones generadas e introducidas por las maestras y los maestros en las prácticas de aula para elevar la calidad de la educación.

• Abrir espacios para la realización de investigaciones sobre la evaluación y sobre la calidad de la educación, como un medio para contribuir al desarrollo sostenible de la sociedad, la naturaleza y el pensamiento humano y desplegar una labor de comunicación en tomo a los avances y experiencias en evaluación entre todas las instancias e integrantes de la comunidad educativa.

FUNCIONES DEL SISTEMA DE EVALUACIÓN.

Art. 7. Función Diagnóstica: permite obtener informaciones previas sobre las características iniciales de los actores del proceso educativo y de los contextos socioeconómicos y socioculturales de los cuales provienen, para incorporar las mismas en la programación del proceso enseñanza y aprendizaje. La función diagnóstica también se cumple con la identificación de las necesidades sociales que se pretende atender desde la educación, y con la definición clara del proyecto de sociedad al que se aspira.

Art. 8. Función Formativa: facilita determinar progresivamente los aprendizajes de los estudiantes y las estudiantes sobre hechos, conceptos, procedimientos, valores, actitudes y normas necesarios para participar con esto en el proceso educativo y el consiguiente desarrollo cognitivo, emocional y social.

Al educador y a la educadora les permite revisar constantemente su trabajo, mediante la autocrítica profesional y su participación en actividades de formación continuada. También favorece el seguimiento continuo de los desarrollos curriculares para ir estableciendo la pertinencia y adecuación del diseño curricular y de los medios y recursos utilizados en atención a las características de los actores y del contexto sociocultural.


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